Qué es el blanqueo de capitales o lavado de dinero

El blanqueo de capitales figura internacionalmente como uno de los delitos más complejos de evitar.

En las últimas décadas las instituciones han dedicado grandes esfuerzos a combatir esta modalidad criminal que perjudica seriamente al sistema financiero.

A continuación conocerás de que trata el blanqueo de capitales, algunos aspectos importantes sobre el marco legal que regula esta materia, las sanciones que se pueden enfrentar y en especial sobre las soluciones que se pueden brindar para combatirlo.

Blanqueo de Capitales

El Lavado de dinero conocido como blanqueo de capitales es una actividad criminal que consiste en la elaboración de tramas, operaciones y cualquier otro tipo de transacción que le permita a individuales u organizaciones realizar el encubrimiento de fondos financieros dentro de sus operaciones para incluirlos en el sistema financiero formal, pudiendo estos fondos provenir de actividades criminales peligrosas como el narcotráfico o actividades terroristas.

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Esta actividad delictiva con el pasar del tiempo y la progresiva evolución tecnológica de los sistemas financieros se ha refinado y vuelto más compleja, representando un problema gigante para las instituciones de gobierno.

Es por esto que han nacido un gran conjunto de herramientas e instrumentos legales que buscan establecer mecanismos preventivos y dar un marco sancionatorio a quien incurra en esta modalidad criminal.

Es importante que así como el avance tecnológico ha llevado a un nivel de sofisticación grande las operaciones para encubrir capitales y/o esquemas fraudulentos, también han crecido las soluciones efectivas gracias a las herramientas tecnológicas que nos permiten conocer a profundidad las conexiones de un individuo o un grupo de individuos en un sistema financiero.

Descubramos un poco más sobre el marco legal de la prevención del blanqueo de capitales.

Orígenes de la normativa

En España a finales de 1980 inician las políticas orientadas a la prevención del blanqueo de capitales. Siendo esta una importante respuesta al crecimiento acelerado de los esquemas de criminalidad financiera producto del tráfico de drogas.

Con estas políticas empiezan a surgir las primeras herramientas legales que buscaban evitar la incursión de dinero proveniente de actividades criminales al sistema financiero formal.

En la actualidad la materia de prevención de blanqueo de capitales está enmarcada dentro de la Ley 10/2010, que ha sufrido recientemente algunas modificaciones.

Esta Ley tiene como finalidad principal la protección efectiva de la integridad del sistema financiero y demás sectores pertenecientes a la actividad económica que hace vida en España y se relaciona con la comunidad económica europea.

Ley de prevención de blanqueo de capitales

En España a partir del año 2010 se cuenta con la Ley 10/2010 que enmarca la normativa jurídica y el régimen sancionatorio sobre las actividades que pueden ser consideradas como ilícitas por blanqueo de capitales y financiación al terrorismo.

Con esta iniciativa jurídica se busca impedir el tránsito e inclusión de recursos financieros derivados de actividades ilícitas al sistema financiero formal.

La norma prevé un conjunto de entidades y personas obligadas a cumplir con las reglas previstas. A continuación te mostraremos los principales sujetos:

Entidades Financieras obligadas a cumplir con la Ley 10/2010

En el artículo 2 de la ley 10/2010 se fijan a distintos niveles los tipos de entidades obligadas a cumplir con la normativa. En cuanto a entidades financieras es una de los sectores donde más énfasis se hace.

En la Ley se mencionan de forma directa las empresas pertenecientes a la actividad aseguradora, en especial si poseen algún tipo de relación seguros de vida u otros servicios relacionados con inversiones.

Adicionalmente deben cumplir con la norma las entidades financieras que se cataloguen como empresas de servicios de inversión y las entidades gestoras de fondos de pensiones.

También dentro de las entidades financieras destacan entidades de pago, entidades de dinero electrónico y personas que ejerzan profesionalmente actividades de cambio de moneda.

Otras organizaciones obligadas a cumplir con la Ley de prevención de blanqueo de capitales

En el mismo artículo 2 de la Ley 10/2010 se señala que están obligadas a cumplir con la normativa las empresas de servicios postales respecto de las actividades de giro o transferencias de fondos.

Igualmente comparten la obligatoriedad para las personas dedicadas profesionalmente a la intermediación en la concesión de préstamos o créditos y los promotores del sector inmobiliario.

También esta norma exige a los profesionales independientes, en el caso de que participen en la concepción, realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes, operaciones de compraventa de bienes inmuebles o entidades comerciales la declaración y rendición de determinados informes previstos en la ley.

Sanciones por de blanqueo de capitales

En materia sancionatoria, la Ley 10/2010 establecen en el artículo 50 al en tres clasificaciones claras. Se tipifican las sanciones como leves, graves y muy graves. Teniendo cada una de estas clasificaciones una descripción específica que mostraremos a continuación.

Infracciones y sanciones Leves.

El marco legal de la Ley 10/2010 plantea en el artículo 53 las consideraciones en las cuales podría estarse cometiendo una infracción leve de blanqueo de capitales. En cuanto a las sanciones estas se establecen en el artículo 58.

Las sanciones por blanqueo de capitales leve pueden ser el establecimiento de una amonestación privada o una multa que puede llegar hasta los 60.000 euros. Además la justicia española puede acompañar estas sanciones con requisitos adicionales para exigir el cese de esta conducta por parte del ciudadano u organización.

Infracciones y sanciones graves

En cuanto a las infracciones consideradas como leves, se establecen los supuestos de violación a la norma en el artículo 52 de la ley 10/2010. Las sanciones previstas para este tipo de delitos están expresadas en el artículo 56 de la misma ley.

Pueden tratarse de sanciones mínimas de 60.000 euros que pueden ascender hasta representar el 1% de los recursos totales de la entidad en caso de ser una organización empresarial. También la sanción puede representar el total del contenido económico de la operación más un cargo del 50% o inclusive un monto total de 150.000 euros.

Infracciones y sanciones muy graves

Por su parte las infracciones muy graves, la categorización sobre las acciones violatorias de la ley consideradas como muy graves las podemos encontrar en el artículo de la Ley 10/2010. Las sanciones respectivas a dichas violaciones al marco jurídico aparecen reflejadas en el articulo 56 de la misma ley.

Se plantean multas cuyo importe mínimo será de 150.000 euros y cuyo importe máximo puede incrementarse hasta el 5% del total de los recursos propios del sujeto obligado.

También se contempla que la multa pueda llegar a ser el doble del contenido económico de la operación e inclusive se prevén sanciones que pueden llegar hasta 1,5 millones de euros en caso de que el blanqueo cuantificado supere los 10.000.000 de euros.

A nivel de las sanciones de índole penal, las personas que comentan este tipo de infracciones pueden llegar a enfrentar inhabilitaciones hasta de 10 años en las entidades sujetas a la ley.

Soluciones tecnológicas a un problema complejo

Como se ha destacado al principio, la evolución de las tecnologías aplicadas a los sistemas financieros han dado nacimiento a esquemas más complejos de defraudación. Pero esto ha sido acompañado de una evolución muy efectiva en los sistemas de prevención.

Se han creado sistemas eficientes basados en tecnologías de bases de datos y análisis de relaciones gracias a la teoría de grafos.

Soluciones basadas en grafos

Las bases de datos en grafos permiten el análisis de relaciones entre miembros y elementos pertenecientes a un sistema. Esto alimenta las posibilidades de comprensión de datos múltiples y no estructurados.

Algunos motores de bases de datos de grafos como Neo4j nos permiten descubrir anillos de fraude y otras modalidades de estafa financiera de altos niveles de complejidad en tiempo real.

Adicionalmente estos motores son vinculables con herramientas de visualización en los cuales podemos brindar contexto a las relaciones pertenecientes a un grafo.

Soluciones efectivas para ayudar a la prevención del blanqueo de capitales

Al tener a nuestra disposición las bondades de las bases de datos de grafos en combinación con las herramientas de visualización podemos determinar o conocer todas las interacciones y entidades que puede tener un sujeto.

En el  logramos descubrir cuántos números de cuentas bancarias tiene asociados, domicilios, afiliados frecuentes entre otros, lo que nos lleva a una de las primeras soluciones factibles, el descubrimiento de patrones sospechosos o anillos de fraude.

Esperamos que esta información te sea útil para conocer más sobre la prevención del blanqueo de capitales.

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